Vistas de página en total

lunes, 20 de agosto de 2012

LAS CAPACIDADES CENTRALES HUMANAS


Objetivo: El estudiante reflexionará acerca del concepto sobre “Desarrollo de las capacidades humanas” su gran necesidad e importancia, tanto a nivel local como internacional y su cotidianidad.

DESARROLLO DE LAS CAPACIDADES HUMANAS

Martha Nussbaum (n. Nueva York; 6 de mayo de 1947) es una filósofa estadounidense. Sus intereses se centran en particular en la filosofía antigua, la filosofía política, la filosofía del derecho y la ética.
Durante la década de los ochenta, Nussbaum comenzó un trabajo en colaboración con el economista Amartya Sen  (Premio Nobel de Economía) en temas relacionados con el desarrollo y la ética. En conjunto con Sen, promovió el concepto de "capacidades" ("libertades sustanciales" como la posibilidad de vivir una larga vida, de llevar a cabo transacciones económicas, o la participación en actividades políticas) como las partes constitutivas del desarrollo, y de la pobreza como una privación de dichas "capacidades.
Nussbaum ha sido una importante contribuyente en temas acerca de la defensa de los derechos de la mujer.
En su última obra traducida al español, El ocultamiento de lo humano: repugnancia, vergüenza y ley, hace un profundo estudio de las emociones, algo que ya había empezado a vislumbrarse en obras anteriores suyas. Allí trata temas como el miedo, la vergüenza, la gratitud y el rencor, intenta definir si son impulsos racionales o simplemente sentimientos vinculados con nuestra manera de ver el mundo; se pregunta si estas emociones son universales o si varían dependiendo de la cultura; si dichas emociones se aprenden y, en caso de que la respuesta sea afirmativa, si pueden "desaprenderse" las emociones equivocadas, etc. Todo esto, en un constante transitar entre la filosofía y el derecho.
En 2012 fue galardonada con el Premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales.

Amartya Sen (n. el 3 de noviembre de 1933 en Shantiniketan, India) es un filósofo y economista bengalí, ganador del Premio Nobel de Economía de 1998.
La obra más reconocida de Sen es su ensayo Pobreza y hambruna: un ensayo sobre el derecho y la privación  de 1981, en el cual demostró que el hambre no es consecuencia de la falta de alimentos, sino de desigualdades en los mecanismos de distribución de alimentos.



El concepto de capacidad
El más revolucionario de los aportes de Sen en el desarrollo de los indicadores económicos y sociales es el concepto de capacidad.
Un gobierno tiene que ser juzgado en función de las capacidades concretas de sus ciudadanos.
Su aproximación basada en las capacidades se enfoca en la libertad positiva, que es la capacidad real de una persona de ser o de hacer algo, en vez de la libertad negativa, que es común en economía y se centra simplemente en la no interferencia.
Conocido por sus trabajos sobre las hambrunas, la teoría del desarrollo humano, la economía del bienestar y los mecanismos subyacentes de la pobreza. Recibió el premio Nobel de Economía en 1998. 

LAS CAPACIDADES HUMANAS:

¿De Qué es realmente capaz de ser y de hacer, el ser humano? Como pregunta esencial cuando de hablar acerca del desarrollo de las capacidades humanas se trata y teniendo en cuenta que los sistemas de gobierno lo han de garantizar, mínimamente a todos sus gobernados, como ya lo ha expresado los distintos filósofos que tratan del asunto: posibilidad de vivir una vida larga y saludable, posibilidad de desarrollarla con los recursos y/o medios disponibles para lo mismo y poder ejercer su derecho político: elegir y ser elegido.

Martha Nussbaum considera las siguientes capacidades  humanas centrales:

1.    Vida. Ser capaces de vivir una vida humana de duración normal hasta su fin, sin morir prematuramente o antes de que la vida se reduzca a algo que no merezca la pena vivir.

2.    Salud corporal. Ser capaces de gozar de buena salud, incluyendo la salud reproductiva, estar adecuadamente alimentado y tener una vivienda adecuada.

3.    Integridad corporal. Ser capaces de moverse libremente de un lugar a otro; que los límites físicos propios sean considerados soberanos, es decir, poder estar a salvo de asaltos, incluyendo la violencia sexual, los abusos sexuales infantiles y la violencia de género; tener oportunidades para disfrutar de la satisfacción sexual y de la capacidad de elección en materia de reproducción.

4.    Sentidos, imaginación y pensamiento. Ser capaces de utilizar los sentidos, de imaginar, pensar y razonar, y de poder hacer estas cosas de una forma realmente humana, es decir, informada y cultivada gracias a una educación adecuada, que incluye (pero no está limitada a) el alfabetismo y una formación básica matemática y científica. Ser capaces de hacer uso de la imaginación y el pensamiento para poder experimentar y producir obras auto-expresivas, además de participar en acontecimientos elegidos personalmente, que sean religiosos, literarios o músicos, entre otros. Ser capaces de utilizar la mente de maneras protegidas por las garantías a la libertad de expresión, con respeto a la expresión política, artística y de culto religioso. Ser capaces de buscar el sentido propio de la vida de forma individual. Ser capaces de disfrutar de experiencias placenteras y de evitar daños innecesarios.

5. Emociones. Ser capaces de tener vínculos afectivos con cosas y personas ajenas a nosotros mismos; amar a los que nos aman y nos cuidan y sentir pesar ante su ausencia; en general, amar, sentir pesar, añorar, agradecer y  experimentar ira justificada. Poder desarrollarse emocionalmente sin las trabas de los miedos y ansiedades abrumadores, ni por casos traumáticos de abusos o negligencias. (Defender esto supone promover formas de asociación humana que pueden ser demostrablemente esenciales para su desarrollo).

6. Razón práctica. Ser capaces de formar un concepto del bien e iniciar una reflexión crítica respecto de la planificación de la vida. (Esto supone la protección de la libertad de conciencia).

7. Afiliación. A) Ser capaces de vivir con otros y volcados hacia otros, reconocer y mostrar interés por otros seres humanos y comprometerse en diversas formas de interacción social; ser capaces de imaginar la situación del otro y tener compasión hacia esta situación; tener la capacidad tanto para la justicia como para la amistad. (Esto implica proteger instituciones que constituyen y alimentan tales formas de afiliación, así como la libertad de asamblea y de discurso político). B) Teniendo las bases sociales del amor propio y de la no humillación, ser capaces de ser tratados como seres dignos cuyo valor es idéntico al de los demás. Esto implica, como mínimo, la protección contra la discriminación por motivo de raza, sexo, orientación sexual, religión, casta, etnia u origen nacional. En el trabajo, poder trabajar como seres humanos, ejercitando la razón práctica y forjando relaciones significativas de mutuo reconocimiento con otros trabajadores.

8. Otras especies. Ser capaces de vivir interesados y en relación con los animales, las plantas y el mundo de la naturaleza.

9. Capacidad para jugar. Ser capaces de reír, jugar y disfrutar de actividades de ocio.

10. Control sobre el entorno de cada uno. A) Político. Ser capaces de participar eficazmente en las decisiones políticas que gobiernan nuestras vidas; tener el derecho de participación política junto con la protección de la libertad de expresión y de asociación. B) Material. Ser capaces de poseer propiedades (tanto tierras como bienes muebles) no sólo de manera formal, sino en términos de una oportunidad real; tener derechos sobre la propiedad en base de igualdad con otros; tener el derecho de buscar un empleo en condiciones de igualdad con otros, ser libres de registros y embargos injustificados.

Su enfoque (Martha Nussbaum) identifica “una idea central del ser humano como un ser libre y digno que forma su propia vida en cooperación y recíprocamente con otros… Una vida que es realmente humana es la que está formada en su conjunto por estos poderes humanos de razón práctica y de sociabilidad”



 PREGUNTAS AL TEXTO:

Joven Estudiante: Al leer (comprensivamente) el texto anterior, Usted está en capacidad de responder las siguientes preguntas:

1.    ¿Quién es Martha Nussbaum y cuál es la  importancia de su obra filosófica, es decir, de qué habla (piensa) ella?

2.    ¿Quién es Amartya Sen y cuál es la importancia de su obra filosófica, es decir de qué habla (piensa) él?

3.     Ambos han sido galardonados con premios de reconocimiento mundial. ¿Cuáles son esos premios, respectivamente (a cada uno)?

4.    ¿Cómo definen el concepto de “capacidades humanas” estos autores, en forma general? ¿Quién garantiza el desarrollo de estas “capacidades centrales humanas”?

5.    ¿Qué es la pobreza, según la anterior definición de “capacidades”?

6.    Relacione cada una de las “capacidades” centrales humanas descritas por Nussbaum, con algunos de los Derechos Humanos proclamados por la ONU en 1948.

7.    Opine sobre lo siguiente: en nuestro barrio, Belén las Violetas, ¿cómo son garantizadas estas “capacidades” y si son pertinentes, es decir, podemos aplicarlas a nuestra humana condición actual, a nuestra cotidianidad? 

8.    Opine sobre el tema de forma general.

lunes, 13 de agosto de 2012

Segundo Taller Sobre los Derechos Humanos



Objetivo: El estudiante reflexionará acerca de los Derechos Humanos y las preguntas básicas en torno a ellos.

¨ La condición de persona no es un regalo, se adquiere por el sólo hecho de  pertenecer a la especie humana ¨ (Defensoría del Pueblo).

Segundo Taller sobre Derechos Humanos

(Tomado de Cincuenta preguntas básicas sobre Derechos Humanos por Dr. José Olimpo Suárez M.)

  1. Quién tiene la obligación de respetar los Derechos Humanos?
Todos los  seres humanos están en la obligación de respetar los derechos humanos, pues éstos son esenciales a todos los seres humanos.  Pero, en las sociedades democráticas, son las autoridades las personas que tienen mayor responsabilidad en respetar los Derechos humanos. Éstas, se fundan en el respeto a la dignidad humana.

  1. Es la defensa de los Derechos Humanos una actitud puramente política?:
 Durante algunos años en Colombia, se consideró  que la defensa de los derechos humanos correspondía a una actitud ideológica de izquierda. Sin embargo, en la actualidad se considera como un aporte a la paz  y la civilidad, siendo un mandato constitucional.

  1. En qué consiste la declaración universal de los Derechos Humanos?:
 Para hacer frente a la crisis moral y política generada por la Segunda guerra Mundial, las Naciones Unidas, naciente por aquella época, crearon una comisión  de derechos humanos encargada de redactar un código de derechos fundamentales que en el futuro fuese garantía de paz entre los pueblos. 
Fue aprobado el 10 de Diciembre de 1948, constando de treinta artículos. Los primeros 21 artículos se refieren  en su mayoría a los llamados derechos civiles y políticos, a las libertades individuales y a las garantías de seguridad física de las personas. Los artículos restantes de la Declaración recogen las ideas básicas sobre derechos económicos, sociales y culturales.

  1. Qué instrumentos legales protegen los Derechos a nivel internacional?:
 La salvaguarda de los derechos humanos está constituida, a nivel internacional, por tres grandes  instrumentos generados por las Naciones Unidas: Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH); Derecho Internacional humanitario (DIH); Derecho Internacional para los Refugiados (DIR).
Estas son tres ¨ramas del derecho internacional en las que se codifican  las normas y reglas internacionales  que reconocen los derechos fundamentales  de los hombres tanto en conflictos  internacionales como en conflictos internos.
(...)
19.
20. Qué relación se establece  entre la educación y los derechos humanos en la declaración universal?

En su artículo 26 de la Declaración se expresa: ¨Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá  de ser generalizada; igual para todos, en función de los méritos respectivos ¨. ¨La educación tendrá  por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá  el desarrollo de las actividades de las Naciones unidas para el mantenimiento de la paz.¨

21. Qué  relación se establece entre la Democracia y el respeto de los Derechos Humanos?:
 Según el profesor Santiago Nino la democracia se hace real y tangible en tanto supone  que su realización implica la superación de todos aquellos factores negativos que se oponen  al eficaz reconocimiento de los denominados ¨tres principios básicos de la concepción liberal de la sociedad¨. Estos tres principios  son:
El principio de la dignidad de la persona humana
* El principio de la autonomía de la persona
* El principio de la inviolabilidad de la persona.
Desde esta perspectiva  se puede decir que las democracias constitucionales modernas, como formas de gobierno se legitiman en el reconocimiento del pluralismo ideológico y la tolerancia social frutos a su vez del respeto de los derechos individuales.

22. Qué papel juegan los derechos humanos frente al ordenamiento jurídico de un estado democrático?:
 (…) Según el defensor del pueblo se requieren seis condiciones para hablar de un ordenamiento jurídico-democrático:
* La legitimación de las autoridades por medio de elecciones libres, disputadas y periódicas, en las cuales se reconozca la universalidad del sufragio.
* La separación de los órganos  o ramas del poder público
* La vigencia plena del estado de derecho, manifestada en el pleno sometimiento de los servidores públicos al imperio de la juridicidad.
* La independencia de los jueces
* El pluralismo político
* El reconocimiento y garantía de la vigencia de los derechos humanos.

23. Qué se entiende por tolerancia y cuál es su relación con los derechos humanos?
(…) El ejercicio de la tolerancia se identifica con el deber primordial de reconocer y respetar los derechos de los demás.
24.
25. Qué papel juega el reconocimiento de los Derechos Humanos en la Constitución Política de Colombia (1991)?:
Los derechos humanos que se denominan en la Constitución Colombiana, ¨derechos fundamentales¨ se constituyen  en el corazón mismo de la Carta Magna de los colombianos. El concepto de ¨dignidad ¨ del ser humano es el núcleo del reconocimiento y defensa de los ciudadanos y a su vez  establecen una gama de exigencias radicales e insobornables que cubren el tejido social.
En su Artículo 1, dice la Constitución Política Colombiana: ¨Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo  y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. ¨
26

27. Cómo define la Corte Constitucional los Derechos Humanos?:
Dice la Corte: ¨Son los que pertenecen  a toda persona en razón de su dignidad humanaEstos derechos son inherentes  al ser humano y anteriores a la misma existencia del Estado, por lo que están por encima de él. ¨

ACTIVIDAD: contestar las siguientes preguntas:

1.       En su cumplimiento,  los derechos humanos, por quién o quiénes deben ser respetados, acatados (y vigilados) ?
2.       Su respeto y acatamiento es cuestión de ¨estilo¨ o¨ gusto ¨  de los gobernantes? Explique
3.       Cuándo se promulgaron los derechos humanos y  qué son?
4.       Cuáles son los instrumentos que protegen los derechos humanos a nivel internacional?
5.       Qué consideran,  sobre la educación, los derechos humanos?
6.       Cuáles son los tres principios básicos para que una sociedad sea democrática?
7.       Qué se entiende por tolerancia?
8.       En Colombia los derechos humanos están establecidos en la Constitución Nacional de 1991? Por qué 
9.       Opine (de una forma general) acerca de la importancia de la vigencia  y aplicación de los Derechos Humanos.
10.   Establezca una relación entre la Educación (de los ciudadanos) y los Derechos humanos (y viceversa).