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lunes, 9 de julio de 2012

LA JUSTICIA

Objetivo: Reflexionar  acerca de la  Justicia y su vital importancia en la sociedad humana.
LA JUSTICIA



El término Justicia es una de las palabras más difíciles de definir y de las que más preguntas se han hecho. Filósofos, juristas, escritores, entre otros, han tratado de dar su concepto pero, ninguno se ha considerado como universal. Es por ello que surge la pregunta: ¿Qué es la Justicia? El jurista Hans Kelsen afirmó que: “No hubo pregunta alguna que haya sido planteada con más pasión, no hubo otra por la que se haya derramado tanta sangre preciosa ni tantas amargas lágrimas como por ésta; no hubo pregunta alguna acerca de la cual hayan meditado con mayor profundidad los espíritus más ilustres, desde Platón a Kant. No obstante, ahora como entonces carece de respuesta”.
Desde la época romana, la Justicia ha sido representada por la diosa Themis. La cual se presenta con el aspecto de una noble mujer empuñando en todo lo alto la espada de la ley; sosteniendo con la otra mano, la balanza de la equidad y manteniendo siempre los ojos vendados en señal de imparcialidad. Esto es, que deja caer la fuerza de la espada sobre quien trate de desequilibrar la balanza, no viendo las particularidades del individuo, sin importar que sea joven o viejo, rico o pobre, enfermo o sano, blanco o negro, virtuoso o criminal.
El sentimiento de la Justicia, la oscuridad de su noción, las discusiones y los conflictos que esta oscuridad hace surgir, existe desde que hay hombres que piensan y viven en sociedad. El hombre siempre realiza conductas a las cuales se les puede catalogar como justas o injustas. Un claro ejemplo, es cuando un individuo da muerte a otro individuo, pues aquí ya nos encontramos con la privación del valor primordial del ser humano: la vida. Porque donde hay negación de la vida o atentados contra la misma, en cualquier forma y aspecto, no hay Justicia; ya que ella es la reina y señora de todas las virtudes.
Existen dos posiciones respecto a la Justicia: la Justicia de los moralistas y la Justicia de los juristas. Los moralistas la conciben como una gran virtud, en donde el fin primordial es la perfección moral del individuo. Es así como Sócrates declaraba que la Justicia es ante todo una perfección interior, una virtud que radica en el alma. Y Aristóteles termina diciendo que la Justicia es la virtud más alta, la virtud perfecta. Por el contrario, para los juristas es el fin principal para solucionar de forma práctica y oportuna los problemas sociales que surgen de la convivencia humana, siendo esta última la que le pertenece al abogado.
Ahora surge otra pregunta: ¿En dónde se encuentra plasmada la Justicia dentro de esta convivencia humana? La respuesta no se hace esperar, la Justicia se encuentra plasmada en el Derecho, pues éste es quien, con sus normas, busca como fin dar Justicia a todos los miembros de una sociedad, pues el medio para alcanzar la Justicia es evidentemente el propio Derecho.
El Derecho es justo por naturaleza, tal como lo afirmaran los iusnaturalistas. La ley, en cambio, trata de serlo. Aquí hay que hacer una aclaración, que no es lo mismo ley que Derecho; porque toda ley es Derecho, pero no todo Derecho es ley. La ley es una parte del Derecho, ella surge de él, por lo que es necesario no incurrir en el error de catalogarlos como sinónimos.
Después de lo anterior, se puede ver que la Justicia es inherente al Derecho, en donde se debe tratar por igual a todos los individuos, no restringiéndoles su libertad de actuar, siempre y cuando ésta no dañe a los miembros de la sociedad.
El Derecho es justo, no obstante, son los seres humanos los que lo hacen injusto puesto que los legisladores hacen el Derecho positivo y éste es el que debe ser observado por todos. Los positivistas consideran que por Justicia debe entenderse la legalidad, el riguroso apego a la ley, o sea, la imparcial y correcta aplicación e interpretación del Derecho positivo. Pero, en uno de los mandamientos del abogado que da Couture, sostiene: “Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia”. Esto significa que la Justicia está por encima del propio Derecho, pero del derecho positivo.
El Derecho es en sí el que radica en el pensamiento, en las ideas, en la doctrina que los estudiosos de esta materia realizan. En cambio, el Derecho Positivo es aquél que el legislador crea, y en la mayoría de las ocasiones sin previa meditación y sin razonamiento alguno. Este Derecho es al que debe enfrentarse el abogado y lo debe hacer con el arma más poderosa: la Justicia.
Es por eso, que el estudiante de Derecho debe de prepararse conscientemente para conocer plenamente lo que es el Derecho y cómo debe alcanzar la Justicia. El abogado debe sentirlo porque ésta es inmaterial no puede ser captada por los sentidos. Cada acto del abogado debe ser una impresión de su fe en la Justicia; porque la Justicia es para el abogado como Dios para el creyente.
Si se pudiera enseñar la Justicia, no sería dando teorías ni explicaciones, sino comportándose de una manera recta y consciente, asumiendo las responsabilidades de nuestros propios actos. Sócrates nos dejó este legado, que a pesar de haber sido juzgado y sentenciado a muerte por leyes injustas, decía que más injusto sería no cumplir con la ley, porque cumplir con la ley es cumplir con la Justicia.

La Justicia carece de realidad material, no puede ser pesada, palpable ni medida y, además, se muestra constantemente huidiza ante los esfuerzos de asirla palpablemente. Porque ¿quién puede negar que cambia constantemente?
Tampoco podemos negar a la Justicia como una parte de la moral y al igual que ella, cambia según el lugar, según la época y según el tiempo, sin embargo la Justicia podrá cambiar pero siempre será el valor supremo de toda moral y sobre todo del propio Derecho.

El concepto justicia ha merecido múltiples definiciones dependiendo de los diferentes momentos históricos de la humanidad y de las diversas ideologías que han existido.
No hay entonces una fórmula clara, única e indiscutible para definir el concepto de justicia, y éste puede ser un motivo por el cual la inmensa mayoría de las personas está de acuerdo con establecer la justicia en sus comunidades o países, pero sigue siendo muy lejano la realización de éste concepto, tanto en los países desarrollados como en los países más atrasados y hasta en el seno de nuestras propias familias.

TIPOS DE JUSTICIA:
·         Justicia Conmutativa: Igualdad o equilibrio en el intercambio de bienes entre los individuos. Igualdad de valor entre los objetos que se intercambian.
·         Justicia Correctiva (o rectificatoria): aquella que restaura una situación  equitativa al revertir una ilegalidad.
·         Justicia Distributiva: Tiene que ver con lo que es justo o correcto  con respecto a la asignación de bienes en una sociedad. Igual cantidad de bienes  a todos los miembros de la sociedad.
·         Justicia Retributiva: Sostiene que el castigo  proporcionado es una respuesta moralmente aceptable. La pena debe ser razonable  y proporcional a la gravedad de la infracción.
·         Justicia Restaurativa (o reparadora): Se le ¨restaura ¨el daño. Se busca reparar el daño.
·         Justicia Transicional: Aquella que permite el tránsito de épocas de guerra a la paz.
ACTIVIDAD: Consulte y resopnda en el cuaderno:
1.   ¿Cómo está representada la Justicia? ¿Por qué los ojos vendados? ¿Por qué la espada? ¿Por qué la balanza?
2.   ¿En dónde ese encuentra plasmada la Justicia y cuál es el medio para que una sociedad alcance Justicia?
3.   ¿Qué valor es más superior (jerárquicamente): El Derecho o la Justicia?
4.   Qué tipos (clases ) de Justicia hay y defínalas (explíquelas brevemente)
5.   Opine (libremente) sobre la Justicia en Colombia.
6. ¿Qué es laJusticia para los moralistas?
7. ¿Qué es laJusticia para los juristas?

lunes, 4 de junio de 2012

SARAMAGO Y LA INJUSTICIA



ESTE MUNDO DE LA INJUSTICIA GLOBALIZADA

Por José Saramago (Premio Nobel de Literatura 1998)



(Este texto fue leído en la clausura del Foro Mundial Social reunido en Porto Alegre Brasil y publicado por  EL PAIS en 06-02-2002)

Comenzaré por contar en brevísimas palabras un hecho notable de la vida rural ocurrido en una aldea de los alrededores de Florencia hace más de cuatrocientos años. Me permito solicitar toda su atención para este importante acontecimiento histórico porque, al contrario de lo habitual, la moraleja que se puede extraer del episodio no tendrá que esperar al final del relato; no tardará nada en saltar a la vista.
Estaban los habitantes en sus casas o trabajando los cultivos, entregado cada uno a sus quehaceres y cuidados, cuando de súbito se oyó sonar la campana de la iglesia. En aquellos píos tiempos (hablamos de algo sucedido en el siglo XVI), las campanas tocaban varias veces a lo largo del día, y por ese lado no debería haber motivo de extrañeza, pero aquella campana tocaba melancólicamente a muerto, y eso sí era sorprendente, puesto que no constaba que alguien de la aldea se encontrase a punto de fenecer. Salieron por lo tanto las mujeres a la calle, se juntaron los niños, dejaron los hombres sus trabajos y menesteres, y en poco tiempo estaban todos congregados en el atrio de la iglesia, a la espera de que les dijesen por quién deberían llorar. La campana siguió sonando unos minutos más, y finalmente calló. Instantes después se abría la puerta y un campesino aparecía en el umbral. Pero, no siendo éste el hombre encargado de tocar habitualmente la campana, se comprende que los vecinos le preguntasen dónde se encontraba el campanero y quién era el muerto. 'El campanero no está aquí, soy yo quien ha hecho sonar la campana', fue la respuesta del campesino. 'Pero, entonces, ¿no ha muerto nadie?', replicaron los vecinos, y el campesino respondió: 'Nadie que tuviese nombre y figura de persona; he tocado a muerto por la Justicia, porque la Justicia está muerta'.
¿Qué había sucedido? Sucedió que el rico señor del lugar (algún conde o marqués sin escrúpulos) andaba desde hacía tiempo cambiando de sitio los mojones de las lindes de sus tierras, metiéndolos en la pequeña parcela del campesino, que con cada avance se reducía más. El perjudicado empezó por protestar y reclamar, después imploró compasión, y finalmente resolvió quejarse a las autoridades y acogerse a la protección de la justicia. Todo sin resultado; la expoliación continuó. Entonces, desesperado, decidió anunciar urbi et orbi (una aldea tiene el tamaño exacto del mundo para quien siempre ha vivido en ella) la muerte de la Justicia. Tal vez pensase que su gesto de exaltada indignación lograría conmover y hacer sonar todas las campanas del universo, sin diferencia de razas, credos y costumbres, que todas ellas, sin excepción, lo acompañarían en el toque a difuntos por la muerte de la Justicia, y no callarían hasta que fuese resucitada. Un clamor tal que volara de casa en casa, de ciudad en ciudad, saltando por encima de las fronteras, lanzando puentes sonoros sobre ríos y mares, por fuerza tendría que despertar al mundo adormecido... No sé lo que sucedió después, no sé si el brazo popular acudió a ayudar al campesino a volver a poner los lindes en su sitio, o si los vecinos, una vez declarada difunta la Justicia, volvieron resignados, cabizbajos y con el alma rendida, a la triste vida de todos los días. Es bien cierto que la Historia nunca nos lo cuenta todo...
Supongo que ésta ha sido la única vez, en cualquier parte del mundo, en que una campana, una inerte campana de bronce, después de tanto tocar por la muerte de seres humanos, lloró la muerte de la Justicia. Nunca más ha vuelto a oírse aquel fúnebre sonido de la aldea de Florencia, mas la Justicia siguió y sigue muriendo todos los días. Ahora mismo, en este instante en que les hablo, lejos o aquí al lado, a la puerta de nuestra casa, alguien la está matando. Cada vez que muere, es como si al final nunca hubiese existido para aquellos que habían confiado en ella, para aquellos que esperaban de ella lo que todos tenemos derecho a esperar de la Justicia: justicia, simplemente justicia. No la que se envuelve en túnicas de teatro y nos confunde con flores de vana retórica judicial, no la que permitió que le vendasen los ojos y maleasen las pesas de la balanza, no la de la espada que siempre corta más hacia un lado que hacia otro, sino una justicia pedestre, una justicia compañera cotidiana de los hombres, una justicia para la cual lo justo sería el sinónimo más exacto y riguroso de lo ético, una justicia que llegase a ser tan indispensable para la felicidad del espíritu como indispensable para la vida es el alimento del cuerpo. Una justicia ejercida por los tribunales, sin duda, siempre que a ellos los determinase la ley, mas también, y sobre todo, una justicia que fuese emanación espontánea de la propia sociedad en acción, una justicia en la que se manifestase, como ineludible imperativo moral, el respeto por el derecho a ser que asiste a cada ser humano.
Pero las campanas, felizmente, no doblaban sólo para llorar a los que morían. Doblaban también para señalar las horas del día y de la noche, para llamar a la fiesta o a la devoción a los creyentes, y hubo un tiempo, en este caso no tan distante, en el que su toque a rebato era el que convocaba al pueblo para acudir a las catástrofes, a las inundaciones y a los incendios, a los desastres, a cualquier peligro que amenazase a la comunidad. Hoy, el papel social de las campanas se ve limitado al cumplimiento de las obligaciones rituales y el gesto iluminado del campesino de Florencia se vería como la obra desatinada de un loco o, peor aún, como simple caso policial. Otras y distintas son las campanas que hoy defienden y afirman, por fin, la posibilidad de implantar en el mundo aquella justicia compañera de los hombres, aquella justicia que es condición para la felicidad del espíritu y hasta, por sorprendente que pueda parecernos, condición para el propio alimento del cuerpo. Si hubiese esa justicia, ni un solo ser humano más moriría de hambre o de tantas dolencias incurables para unos y no para otros. Si hubiese esa justicia, la existencia no sería, para más de la mitad de la humanidad, la condenación terrible que objetivamente ha sido. Esas campanas nuevas cuya voz se extiende, cada vez más fuerte, por todo el mundo, son los múltiples movimientos de resistencia y acción social que pugnan por el establecimiento de una nueva justicia distributiva y conmutativa que todos los seres humanos puedan llegar a reconocer como intrínsecamente suya; una justicia protegida por la libertad y el derecho, no por ninguna de sus negaciones. He dicho que para esa justicia disponemos ya de un código de aplicación práctica al alcance de cualquier comprensión, y que ese código se encuentra consignado desde hace cincuenta años en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aquellos treinta derechos básicos y esenciales de los que hoy sólo se habla vagamente, cuando no se silencian sistemáticamente, más desprestigiados y mancillados hoy en día de lo que estuvieran, hace cuatrocientos años, la propiedad y la libertad del campesino de Florencia. Y también he dicho que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tal y como está redactada, y sin necesidad de alterar siquiera una coma, podría sustituir con creces, en lo que respecta a la rectitud de principios y a la claridad de objetivos, a los programas de todos los partidos políticos del mundo, expresamente a los de la denominada izquierda, anquilosados en fórmulas caducas, ajenos o impotentes para plantar cara a la brutal realidad del mundo actual, que cierran los ojos a las ya evidentes y temibles amenazas que el futuro prepara contra aquella dignidad racional y sensible que imaginábamos que era la aspiración suprema de los seres humanos. Añadiré que las mismas razones que me llevan a referirme en estos términos a los partidos políticos en general, las aplico igualmente a los sindicatos locales y, en consecuencia, al movimiento sindical internacional en su conjunto. De un modo consciente o inconsciente, el dócil y burocratizado sindicalismo que hoy nos queda es, en gran parte, responsable del adormecimiento social resultante del proceso de globalización económica en marcha. No me alegra decirlo, mas no podría callarlo. Y, también, si me autorizan a añadir algo de mi cosecha particular a las fábulas de La Fontaine, diré entonces que, si no intervenimos a tiempo -es decir, ya- el ratón de los derechos humanos acabará por ser devorado implacablemente por el gato de la globalización económica.
¿Y la democracia, ese milenario invento de unos atenienses ingenuos para quienes significaba, en las circunstancias sociales y políticas concretas del momento, y según la expresión consagrada, un Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo? Oigo muchas veces razonar a personas sinceras, y de buena fe comprobada, y a otras que tienen interés por simular esa apariencia de bondad, que, a pesar de ser una evidencia irrefutable la situación de catástrofe en que se encuentra la mayor parte del planeta, será precisamente en el marco de un sistema democrático general como más probabilidades tendremos de llegar a la consecución plena o al menos satisfactoria de los derechos humanos. Nada más cierto, con la condición de que el sistema de gobierno y de gestión de la sociedad al que actualmente llamamos democracia fuese efectivamente democrático. Y no lo es. Es verdad que podemos votar, es verdad que podemos, por delegación de la partícula de soberanía que se nos reconoce como ciudadanos con voto y normalmente a través de un partido, escoger nuestros representantes en el Parlamento; es cierto, en fin, que de la relevancia numérica de tales representaciones y de las combinaciones políticas que la necesidad de una mayoría impone, siempre resultará un Gobierno. Todo esto es cierto, pero es igualmente cierto que la posibilidad de acción democrática comienza y acaba ahí. El elector podrá quitar del poder a un Gobierno que no le agrade y poner otro en su lugar, pero su voto no ha tenido, no tiene y nunca tendrá un efecto visible sobre la única fuerza real que gobierna el mundo, y por lo tanto su país y su persona: me refiero, obviamente, al poder económico, en particular a la parte del mismo, siempre en aumento, regida por las empresas multinacionales de acuerdo con estrategias de dominio que nada tienen que ver con aquel bien común al que, por definición, aspira la democracia. Todos sabemos que así y todo, por una especie de automatismo verbal y mental que no nos deja ver la cruda desnudez de los hechos, seguimos hablando de la democracia como si se tratase de algo vivo y actuante, cuando de ella nos queda poco más que un conjunto de formas ritualizadas, los inocuos pasos y los gestos de una especie de misa laica. Y no nos percatamos, como si para eso no bastase con tener ojos, de que nuestros Gobiernos, esos que para bien o para mal elegimos y de los que somos, por lo tanto, los primeros responsables, se van convirtiendo cada vez más en meros comisarios políticos del poder económico, con la misión objetiva de producir las leyes que convengan a ese poder, para después, envueltas en los dulces de la pertinente publicidad oficial y particular, introducirlas en el mercado social sin suscitar demasiadas protestas, salvo las de ciertas conocidas minorías eternamente descontentas...
¿Qué hacer? De la literatura a la ecología, de la guerra de las galaxias al efecto invernadero, del tratamiento de los residuos a las congestiones de tráfico, todo se discute en este mundo nuestro. Pero el sistema democrático, como si de un dato definitivamente adquirido se tratase, intocable por naturaleza hasta la consumación de los siglos, ése no se discute. Mas si no estoy equivocado, si no soy incapaz de sumar dos y dos, entonces, entre tantas otras discusiones necesarias o indispensables, urge, antes de que se nos haga demasiado tarde, promover un debate mundial sobre la democracia y las causas de su decadencia, sobre la intervención de los ciudadanos en la vida política y social, sobre las relaciones entre los Estados y el poder económico y financiero mundial, sobre aquello que afirma y aquello que niega la democracia, sobre el derecho a la felicidad y a una existencia digna, sobre las miserias y esperanzas de la humanidad o, hablando con menos retórica, de los simples seres humanos que la componen, uno a uno y todos juntos. No hay peor engaño que el de quien se engaña a sí mismo. Y así estamos viviendo.
No tengo más que decir. O sí, apenas una palabra para pedir un instante de silencio. El campesino de Florencia acaba de subir una vez más a la torre de la iglesia, la campana va a sonar. Oigámosla, por favor.






TALLER REFLEXIVO: Una vez leído y comprendido el texto, el estudiante abordará las siguientes temáticas, unas expresadas directamente en la publicación y otras, tendrán que ser ampliadas a través de la consulta por otros medios.

1.       Según el texto de Saramago, ¿Qué es y qué significa La Justicia?
2.       Relacione el texto leído, con la situación actual de Colombia, colocando un ejemplo claro de ello.
3.       En el texto se habla de los Derechos Humanos, su necesidad e importancia. Opine al respecto.
4.       La Democracia, como el sistema de gobierno más universal, recibe una crítica por parte del autor. ¿Usted la comparte?¿En qué?
5.       Exprese una opinión general del texto.  

martes, 29 de mayo de 2012

Juan Jacobo Rousseau y la Democracia Participativa


Objetivo: Reflexionar  acerca de la teoría de Rousseau, sobre el paso de los hombres  del estado natural al estado social y sus consecuencias.  

Rousseau: El Contrato Social y la democracia participativa:

Comienza el Contrato Social afirmando que el hombre nació libre y, sin embargo, se encuentra encadenado. Ahora bien, a pesar de las justificaciones que ha tenido la desigualdad (Aristóteles, Grocio, Hobbes), lo cierto es que no hay esclavos por naturaleza y si los hubiera, es contra naturaleza, porque los primeros esclavos fueron hechos por la fuerza y los siguientes permitieron su esclavitud por cobardía.
Para ser amo, incluso el más fuerte ha de convertir su fuerza en derecho y la obediencia en deber. Quien cede a la fuerza lo hace por necesidad o prudencia y no por su propia voluntad, y por tanto, no actúa por deber. Si la sola fuerza fuera legítima, entonces la legitimidad basada en ella cesaría en el momento en que alguien pudiese imponer una fuerza mayor, que se convertiría  a su vez en legítima hasta que otra fuerza la venciese y así sucesivamente. Por lo tanto, la obediencia ha de resultar de otros factores  que puedan ser admitidos por quienes obedecen.

Qué hace legítimo a un poder?: la respuesta de Rousseau es que si la obediencia ha de ser entendida como un deber  (y no sólo como una medida de prudencia o de necesidad), exigirá entonces algo más que la fuerza, deberá ser voluntaria. La aceptación voluntaria del poder, lo legitima.

El Pacto parte de la suposición, de que todo hombre en su interacción en el estado de naturaleza, llega a una situación límite, en la que su conservación y sus bienes están más allá de las posibilidades de defenderse por sí solo, con las únicas armas de su fuerza y libertad. Por esta razón, se ve obligado a recurrir al concurso de los otros para conseguir el objetivo de conservar su vida y proteger  sus bienes mediante la constitución de una asociación a la que todos pertenezcan, cuya fuerza común sea capaz de garantizarle dicho objetivo, pero con la condición esencial de que por su pertenencia a ella no pierda su libertad e independencia.

Para Rousseau, tal cosa será posible  si cada asociado enajena completamente  sus derechos  a la asociación, porque si cada uno cumple con esa condición, entonces, es igual para todos y nadie tendrá ventaja sobre nadie; y puesto que cada uno adquiere sobre los otros los mismos derechos que se otorga a sí mismo, gana todo lo que pierde inicialmente por entrar al pacto, pero con la ventaja adicional de que tendrá más fuerza, la fuerza del cuerpo social, para defender lo suyo.

El Contrato Social puede definirse como ¨Cada uno de nosotros pone en común su  persona y todo su poder bajo  la suprema dirección de la Voluntad General, y nosotros recibimos corporativamente a cada miembro como parte invisible del todo¨.
Por el Pacto, todos los ciudadanos son iguales y poseen los mismos derechos, pero también las mismas obligaciones.

Al pasar del estado de naturaleza al Estado, los hombres cambian el instinto por la justicia, imprimiéndole moralidad a sus acciones. Igualmente se obligan a actuar por la razón y no por el capricho, lo que desarrolla sus capacidades; cambian la libertad natural y el derecho de posesión, por la libertad civil y el derecho de propiedad, que exige la existencia de un título positivo; ganan también libertad moral, se convierten en dueños de ellos mismos, la sujeción a la ley libra de la esclavitud del impulso y el apetito sin control.

Juan Jacobo Rousseau nació en Ginebra en 1712 y murió en 1778. Al nacer, muere su madre y es  mal protegido por su padre, estando sometido a cuidados de otras personas quienes se hicieron cargo de él, en sus primeros años de infancia.
El  pensamiento roussoniano, de gran vigor y penetración, determinó en buena manera los acontecimientos espirituales y políticos de llamado ¨Siglo de las Luces¨. La inminente Revolución Francesa, que no alcanzara a conocer, halló buena parte de su ideario intelectual en su pensamiento. Obras  como Emilio, Las Confesiones, El Contrato Social, entre otras, constituyeron los cimientos sobre los cuales se intentó la transformación práctica de la historia.

COMENTARIOS ACERCA DE ALGUNAS DE SUS OBRAS:

 Discurso sobre el origen y el fundamento de la desigualdad entre los hombres, Obra de gran polémica en su tiempo, el Discurso arranca de una hipótesis contraria a la mantenida por Hobbes de un estado salvaje de naturaleza en el que el hombre estaba en guerra contra el hombre, siendo cada uno enemigo del otro y viviendo todos en el miedo, la desconfianza y el terror. Rousseau concibe que el estado "natural" del hombre, antes de surgir la vida en sociedad, era  bueno, feliz y libre. El "buen salvaje" vivía independiente, guiado por el sano amor a sí mismo. Este estado natural es "un estado que no existe ya, que acaso no ha existido nunca, que probablemente no existirá jamás, y del que es necesario tener conceptos adecuados para juzgar con justicia nuestro estado presente", es decir, se trata de una hipótesis que permite valorar la realidad actual: el estado social, aquel en el que el hombre se aparta de la naturaleza para vivir en comunidad, guiado por el egoísmo, el ansia de riqueza (propiedad) y la injusticia.

En el “Discurso sobre el origen y el fundamento de la desigualdad entre los hombres”, expresa una dura crítica de las instituciones políticas y sociales como grandes corruptoras de la inocencia y bondad 
naturales del hombre. Sin embargo, en esta obra y en las siguientes, Rousseau analiza el tránsito del hipotético estado de naturaleza al estado social como una degeneración (no un progreso) producto de las desigualdades sociales que surgen con la propiedad privada, el derecho para protegerla, y la autoridad para que se cumpla ese derecho. Las leyes establecidas en toda sociedad son siempre las leyes que defienden al poderoso, al rico y a su poder frente a los no poseedores de propiedad, a los pobres. La propiedad privada y el derecho han creado un abismo entre dos "clases" jerárquicamente diferenciadas entre sí: la clase de los propietarios, de los poderosos y de los amos, frente a la clase de los no propietarios, pobres y esclavos. Esta situación no es superable, según Rousseau, pero puede ser mitigada a través de una sana vuelta a la naturaleza y una educación que fomente el individualismo y la independencia del hombre.

En El contrato social, Rousseau manifiesta otra manera de paliar la degeneración a la que nos vemos abocados en el estado social, degeneración que resume en su célebre frase "el hombre nace libre, pero en todas partes se encuentra encadenado". Las injusticias sociales y la fractura de "clase" pueden mitigarse no sólo a través de la educación, sino transformando el orden social endógenamente, es decir: desde el interior de la sociedad misma, y sin violencia. Los hombres deben establecer un nuevo Contrato Social que los acerque a su estado natural. Este contrato no es un pacto o convenio entre individuos (Hobbes) ni un contrato bilateral (Locke). El nuevo contrato social es un pacto de la comunidad con el individuo y del individuo con la comunidad, desde el que se genera una "voluntad general" que es distinta a la suma de las voluntades individuales y que se constituye en fundamento de todo poder político. La soberanía ha de emanar de la voluntad general, siendo indivisible (contrario a  Locke y Montesquieu, Rousseau no es partidario de la separación de poderes) e inalienable (la ley procede de la Voluntad General y sus ejecutores son, por lo tanto, sustituibles). La libertad individual ha de constituirse, a través de la Voluntad General, en libertad civil y en igualdad. Todo esto aspira a un deseo o proyecto; se refiere al deber ser, no al ser.

ACTIVIDAD:

1.      Desarrolle el concepto de “hombre encadenado”, desarrollado por Rousseau. Es decir, ¿Qué encadena al hombre?
2.    La desigualdad humana ha tenido adeptos y favorecedores, aceptantes del esclavismo, por tanto de “teorías” injustas con el género humano. ¿Es legítima esta posición? ¿En verdad, el hombre es “desigual”? Explique
3.       Relacione el concepto de obediencia con el de “voluntad general”.
4.       Según Rousseau, ¿Cómo surge el Pactos (Social)?
5.       Los Derechos y los Deberes (Obligaciones)de los individuos, bajo el pacto social, cómo se comportan?
6.       Explique la siguiente frase: “la sujeción a la ley libra de la esclavitud del impulso y el apetito sin control.”
7.       Diferencie el concepto de hombre de Hobbes y de Rousseau.
8.       En el estado natural, todos los hombres son iguales, más no así en el estado social. ¿Cuál es el efecto de la propiedad privada y el derecho, para este cambio, según Rousseau?
9.       Con respecto a las ramas del poder público y su independencia, ¿Cuál es la diferencia de lo planteado por Rousseau, con Locke y Montesquieu?
10.   ¿Justifica Rousseau la diferencia y lucha de clases? Explique.

lunes, 14 de mayo de 2012

John Locke y el Gobierno Civil


Ensayo sobre el Gobierno Civil (o John Locke):

Objetivo: Reflexionar acerca de la teoría de un Estado producto del pacto social, con John Locke como máximo exponente.

¨Cómo decidieron los hombres, originariamente libres y entregados a la más absoluta soberanía, coartar sus privilegios individuales y entregarse a una convivencia de la cual redundarían tantas contradicciones?¨

El hombre abdica de sus prerrogativas naturales en atención (a  favor) a la convivencia. Pero, ¿cuáles fueron los motivos, el punto de partida, las condiciones previas al acuerdo, la situación de los sujetos particulares dentro de la sociedad conformada a partir del contrato?

John Locke (Inglaterra 1632 – 1704),  considera que en la base de semejante determinación reside la racionalidad sustancial del ser humano. Se trata, pues, de asociarse, de recortar conscientemente la libertad y la soberanía del estado natural, a cambio de conseguir en solidaridad las seguridades mínimas que permitan sobrevivir a la humanidad.

Pero como la decisión fue adoptada libre y voluntariamente por un ser racional y no por una bestia indolente y traidora, la abdicación no puede ser total. Todo lo contrario, la soberanía común, fruto del acuerdo de los individuos, nunca es absoluta.

El estado natural, en donde todos los hombres son libres e iguales, no significa en modo alguno un estado de guerra (como lo plantea Hobbes). No es preciso pues, un poder absoluto que someta a cada sujeto particular y lo conmine bajo la presión del terror. Los hombres han aprendido de la razón, que cada quien tiene en su interior, a su plena y permanente disposición, ¨que siendo todos iguales e independientes, nadie debe perjudicar a otro en su vida, en su salud, en su libertad, en su bien¨.

¨Tantas yugadas de tierra como  el hombre puede labrar, sembrar y cultivar, y cuyos frutos puede consumir para su mantenimiento, son las que le pertenecen en propiedad¨.
Así, pese a estar bien a fin de no perder el rumbo, los hombres adoptan la asociación para esta mejor. Y estar mejor  consiste esencialmente en contar con leyes reconocidas, establecidas y aprobadas por consentimiento común; en tener jueces que en cada caso particular y a raíz de controversias  o conflictos, apliquen  con seguridad y precisión aquellas leyes  comunes y, finalmente, en contar con un poder coactivo que haga de obligatorio cumplimiento las determinaciones tomadas por los tribunales y jueces  de acuerdo con la voluntad común.

La ficción del estado de naturaleza lockeano es la negación del hobbesiano: se trata de una situación hipotética en la que los individuos son libres de seguir sus propios cursos de acción, pues siendo seres racionales, su libertad sólo está limitada por la ley natural en virtud de la cual tienen iguales derechos y obligaciones, resultantes de la máxima racional que dice: ¨si todos somos iguales e independientes, nadie debe dañar a otro en su vida, salud, libertad o posesiones¨.

Para Locke la necesidad de pasar al Estado, a la sociedad política desde un Estado de naturaleza como el que describe, es el temor a la inseguridad que afecta a la libertad, la vida, las posesiones, todo lo cual es denominado por él como ¨propiedad¨, pues si bien en el estado de naturaleza cada individuo posee esos derechos, corre siempre el peligro constante de ser invadido por los otros.

El Estado de naturaleza tiene tres características:
  • La debilidad de la ley natural para hacerse obedecer
  • La falta de un juez público imparcial que resuelva los conflictos que surjan, mediante el  recurso de las leyes establecidas
  • Falta de un poder que haga cumplir las leyes justas.
El contrato Social, es necesario para resolver estas tres carencias, renunciando a tres derechos del estado de naturaleza: a ser legislador, juez y gobernante, entregándoselos a las personas que las leyes hayan designado para esas funciones y comprometiéndose a respetar las leyes promulgadas por   las personas autorizadas  por la ley para esa función.

El Contrato debe garantizar el derecho de propiedad como un derecho básico y condición real de la libertad. El derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad, son garantes del Estado.

La separación  de poderes es importante porque desconcentra el poder, evitando que quienes elaboran las leyes las hagan a su medida, dejando por fuera los intereses de la comunidad política. Para garantizar estos intereses, es necesario un gobierno constitucional que especifique las funciones  y asegure la división del poder público.

John Locke nació en Inglaterra en 1632. Médico – filósofo en una época convulsionada por la lucha del poder, que lo inspira en su postura política. Muere en 1704.

El Ensayo sobre el gobierno civil, es la primera sustentación de una organización civil, liberal y democrática de la modernidad.



Taller Reflexivo (CP):
  1. En nuestro país, la Carta Magna (Constitución de 1991)  prohíbe la pena de muerte, como muchas constituciones de otros países del mundo. En la postura filosófica  de John Locke y en la de otros filósofos,  también sustentan  (fundamentan)  esta prohibición por parte del Estado para con los ciudadanos.
Exprese sus reflexiones  acerca de los fundamentos filosóficos de esta  negación, a pesar de existir una gran presión por parte de la sociedad, sobre todo en aquellas faltas de conmoción social, solicitando su aprobación e instauración.
  1. Algunos consideran a John Locke como el Precursor de los Derechos Humanos, dada su postura filosófica en bien de la igualdad de los derechos y deberes de los ciudadanos, resumida en la siguiente acepción: ¨Si todos somos iguales e independientes, nadie debe dañar a otro en su vida, salud, libertad o posesiones. ¨ Argumente.
  2. Podríamos vislumbrar, en John Locke,  el nacimiento en la teoría política de la separación de los tres poderes (ramas) del Estado: El Legislativo, El Judicial y El Ejecutivo.
¿Cómo son concebidos estos poderes en la obra de este filósofo?
  1. Diferencie en lo fundamental, la teoría política de Maquiavelo (El Republicanismo), Hobbes (El Estado poderoso)  y   Locke (El gobierno civil).
  2. Establezca la relación política del pensamiento acerca de las ideas innatas, el orden de la naturaleza y una voluntad política de dominio de los hombres, con el empirismo y la construcción (posible) mediante la búsqueda del bienestar general (racionalidad), de una sociedad libre e  independiente (de un poder soberano extranjero), promulgada por John Locke.
  3. Relacione el Innatismo de las Ideas con el Determinismo.
  4. Relacione el Empirismo con el Pluralismo ideológico y la Diversidad del pensamiento humano.
  5. ¿Qué es el Estado de Naturaleza y cuáles son sus características?

lunes, 23 de abril de 2012

Formas de Estado (2)


Objetivo: Reflexionar acerca de la teoría de un Estado protector poderoso (Leviatán), con Hobbes como máximo exponente.

Lección 2                                                                                       

El Leviatán: un Estado protector poderoso


La experiencia inmediata o histórica del hombre y de su manera de vivir y mantenerse sobre la Tierra, presenta un dato radical: los seres humanos se buscan entre sí y construyen espacios comunes en los cuales viven  y se reproducen. La soledad absoluta le es imposible al ser humano, y pese a las enormes dificultades que encuentra en compartir su cotidianidad con otros, cualquier esfuerzo resulta válido con el fin de conjurar el aislamiento.
El hombre se asocia, con el fin de combatir  la miseria y el peligro. El pacto y la ayuda recíproca no  pretenden otra cosa que la seguridad, y esta avidez de certeza y abrigo es el principio operativo de toda organización social y estatal.
Hobbes fundamenta la necesidad del Estado como instrumento regulador de la vida social. Para Hobbes los individuos son por naturaleza egoístas; actúan desde la perspectiva de la posición del más fuerte para alcanzar sus objetivos y buscan indeclinablemente el poder. Con estas características ¿cómo es posible la confianza y el respeto mutuo que aseguren la cooperación política y el cumplimiento de los Contratos? La respuesta viene dada desde un experimento mental en el que postula una hipotética situación inicial llamada estado de naturaleza¨, en la que los individuos, poseen ¨derechos naturales¨ para proteger sus vidas, siendo libres de hacer lo que quieran y contra quien quieran, usando los medios que consideren pertinentes. Una situación así desemboca en una continua lucha de todos contra todos, en la que  ¨la vida es solitaria, desagradable, brutal y pobre¨
Para superar tal situación es necesario construir la paz, adhiriendo y respetando las leyes naturales en su trato con los otros, los cuales se resumirán en la regla de oro ¨no hagas a los demás lo que no quieras que te hagan a ti mismo¨. Ello exigirá un consenso, un Contrato Social entre todos los individuos, en el que cada uno transferiría parte de su libertad (el derecho de autogobernarse) a una autoridad poderosa, un solo poder político, el soberano indivisible, encarnado en un Estado poderoso, que reúna en sí el poder de todos, reduzca todas las voluntades en una, para que los represente y gobierne a cambio de que les confirme su seguridad y paz sobre el presupuesto de que concentra tanto poder  que inspira terror y puede domeñar la voluntad de todos.
La  Legitimidad de este soberano hobbesiano, entonces, -su derecho a mandar  y la obligación de los súbditos  a obedecer- es el resultado de consenso de obediencia a cambio de seguridad y paz en el que se hubiesen firmado el Contrato Social.
Pero en Hobbes, aunque el Estado surge del consenso, una vez establecido éste, el individuo  no podrá renunciar al Contrato ni cambiar el  régimen de gobierno, ni el Estado podrá ser cuestionado, juzgado o sancionado por sus acciones. El Estado podrá ¨decidir y controlar  las enseñanzas, las opiniones, la religión¨. Por supuesto le competen los derechos de  declarar la guerra y la paz, de hacer leyes sobre  la propiedad (leyes civiles), de juzgar las controversias, de elegir los cargos públicos y administrativos, de recompensar y castigar, de honrar y ordenar. Todos esos derechos son la esencia de la soberanía.
Es, en esencia, un poder absoluto del Estado (soberano).
El súbdito, a su vez, tiene permitido todos aquello que el Estado no prohíba mediante la ley y es titular de los derechos que no pueden ser transferidos por el pacto, es decir que son irrenunciables, como el derecho a la defensa cuando el Estado no puede hacerlo, a la no autoinculpación, a no matarse a sí mismo o matar a otro (salvo cuando el Estado está en peligro o se es mercenario, podría ser justo que un soldado  se rehusara a matar , aunque el Estado pudiera castigarlo por su negativa).
 Tomás (Thomas) Hobbes nació en el año de 1588 en Inglaterra. Formado académicamente en Oxford, buena parte de su vida intelectual la dedicó a sus labores como preceptor de la nobleza.
Su ansiedad por fundamentar un remedio definitivo  a la situación que vivía en ese entonces su patria, le llevó a delinear una amarga comprobación: el hombre es un ser básicamente antisocial. Su convivir dentro de la historia se resume en una larga  y cruenta guerra de ¨todos contra todos¨.
A los 91 años muere (1679).






ACTIVIDAD A REALIZAR:
a.      ¿Es el Ser Humano, un ser social por naturaleza? Explique
b.      ¿Cuál es el principio de toda organización social y estatal?
c.       Según Tomás Hobbes, ¿Cuál es el instrumento que regula toda la vida social?
d.      ¿Cómo describe Hobbes, el Estado de Naturaleza (la Ley del más fuerte)?
e.      Para superar la situación de lucha entre todos es necesario construir un consenso, un  Pacto Social, encarnado en el Estado (el Soberano). ¿Cuáles son las características y/o consecuencias de este Estado para procurar la paz?
f.        Hay un consenso de obediencia hacia el Estado (el Soberano): los súbditos obedecen y el Estado mandar, tienen  un fin en sí mismos. ¿cuál es?
g.       Enumere las funciones del Estado hobbesiano, al cual el individuo no lo puede modificar ni combatir.
h.      Enumere los derechos que el  individuo no puede transferir al Estado, siendo irrenunciables.
i.         ¿En la teoría hobbesiana, la creación de grupos de autodefensa es legítima? Explique y ponga un ejemplo.
j.        Opine sobre cómo sería un Estado bajo los supuestos (teorías) filosóficos de Thomas Hobbes.
PARA CONSULTAR:
1.        ¿QUÉ ES EL LEVIATÁN?
2.       ¿QUÉ RELACIÓN TIENE EL LEVIATÁN CON EL ESTADO CONCEBIDO POR TOMAS HOBBES?



lunes, 16 de abril de 2012

FORMAS DE ESTADO (1)

Objetivo: Reflexionar acerca de la teoría del Republicanismo, con Maquiavelo como máximo exponente.
Lección 1                                                                                        Período 2

Formas de Estado (Teorías de Estado):

El Republicanismo: la tradición teórica republicana  tiene su  origen en la democracia griega y en el legado jurídico y constitucional  de la res publica romana. Tanto en la ciudad – Estado  de Atenas como en la Roma republicana había una participación directa del pueblo en los asuntos de gobierno, en los que el pueblo reunido ejercía el poder soberano y de control de la burocracia, y se cultivaba un sentido del deber público y responsabilidad ciudadana hacia la ciudad – estado o hacia la República. Pero el ejercicio de la democracia, entendida como la participación  directa, estaba reducido allí a un número pequeño de personas, en sociedades con cultura de comunicación oral y sobre un soporte extenso  de esclavos. En ambas, las necesidades  y exigencias del Estado estaban por encima, de manera excluyente, de la voluntad de los ciudadanos (varones libres).
Para el republicanismo, la soberanía reside en el pueblo. Este fue desarrollado por Marsilio y Maquiavelo (en Italia), y otros en distintos países de Europa.

Maquiavelo y La República:

Aunque El Príncipe es la obra más conocida de Maquiavelo, siendo la primera de carácter político de la Edad Moderna,  Los Discursos sobre la primera década de Tito Livio son su obra de más largo alcance. En ellos plantea cómo concibe una República, la forma más perfecta de gobierno, que encarna a un Estado en época de normalidad y bajo el imperio de la ley. A diferencia del principado, que es casi siempre resultado de una acción de fuerza, en la que el poder se ha obtenido de una usurpación tiránica o se requiere  para poner orden  en unas circunstancias excepcionales.

Para Maquiavelo, el Estado no es producto de la naturaleza sino de la acción humana. La política es la ciencia que estudia el Estado, y como tal puede ser aprendida y enseñada. El aprendizaje es posible  mediante el estudio de la historia, ésta muestra que los Estados han tenido siempre un ciclo de nacimiento, crecimiento, perfección, corrupción y desaparición, siendo substituido por otros que tienen el mismo ciclo, y así sucesivamente.  Maquiavelo piensa, no obstante,  que este ciclo puede romperse usando el conocimiento acumulado para conseguir un Estado equilibrado, libre, estable y sin corrupción, es decir, una República.
Pero, ¿Cómo es posible, si tal Estado al que puedan someterse voluntariamente los hombres, siendo éstos, como son, en opinión de Maquiavelo, en su mayoría, egoístas, desconfiados, e incapaces de actuar bien salvo que sea necesario? La respuesta de Maquiavelo es: la preservación de la religión  y el cumplimiento de la ley.
Para que la ley sea posible de manera permanente y voluntaria es necesario establecer condiciones que garanticen la estabilidad política. Ésta se consigue si el Estado procura el bien común y éste se obtiene si se cumplen dos requisitos: que no haya desigualdades sociales entre los ciudadanos y que sea libre, es decir, que no dependa de otros Estados ni de la voluntad de una persona   o de grupos de representación parcial, lo que significa que una ciudad es libre si es independiente de toda autoridad que no sea la comunidad: así, libertad, es lo mismo que autogobierno: todos los sectores sociales están representados en el gobierno, constituyéndose así un gobierno mixto, superando los inconvenientes de los regímenes constitucionales simples: monarquía, aristocracia y democracia.

En la República, el pueblo es libre y los varones propietarios y practicantes de oficios autónomos participan políticamente – quedan excluidas las mujeres, los campesinos pobres y los familiares de cargo, siendo, entonces, la independencia económica la condición básica de su libertad  política, bajo dos presupuestos: uno, que si los ciudadanos no se gobiernan por sí mismos, otros lo harán por ellos, y dos, que el pueblo se equivoca menos en la elección de los funcionarios que los príncipes. La participación ciudadana se realiza a través de distintos mecanismos que incluyen la elección de consejos de gobierno y representantes vinculados  a éstos.

De esta forma, la voluntad colectiva estará por encima de los interese particulares.

Los ciudadanos tienen deberes, el primero de todos, la defensa de la patria, pues todo Estado ha de tener un ejército propio si quiere sobrevivir. Que los ciudadanos tengan obligaciones militares, permite que el Estado sea temido y respetado en el exterior, y no dependa de nadie para su defensa, ni requiera de mercenarios, pues éstos son altamente perjudiciales para los Estados que los contratan. En un Estado expansionista,  el cumplimiento de los deberes militares de los ciudadanos es esencial. 

El mayor deber de un gobernante es asegurar la supervivencia del Estado, por eso el uso de la fuerza cuando sea necesario para garantizar  tal supervivencia es condición de la libertad colectiva, pues el Estado es quien garantiza la libertad.

Para Maquiavelo un buen Estado era, básicamente, un Estado seguro.

Nicolás Maquiavelo nació en la ciudad de Florencia en 1469. Su vida y su obra fueron enmarcadas por la crisis monumental que puso término definitivo al modelo medieval del mundo e inauguró una de las épocas más convulsionadas de la historia de Occidente.
Perteneciente a una excelente familia de la burguesía toscana, Maquiavelo a los 29 años ingresó a la vida pública. No alcanzó a brillar con brillo propia, reducido al modesto papel de  secretario de la segunda cancillería de la república florentina y luego secretario de los Diez de Libertad y de Paz, pudiendo realizar varios viajes que ampliaron su visión del mundo y le proyectaron los elementos que alimentaron su trabajo intelectual.
Maquiavelo murió a los 58 años de edad, el 22 de Junio de 1527, quien a los cuatro años después de su muerte fue autorizada la publicación de El Príncipe por el papa Clemente VII, con una indiferencia inicial, adquiriendo notoriedad más tarde e incluido en el índice del capitolio por el repudio originado.
Los términos maquiavélico y maquiavelismo ingresan al argot popular como actitudes de oportunidad política, y de  justificación de los medios para alcanzar los fines propuestos.

Amigo Estudiante:
ACTIVIDAD
Reflexione sobre los siguientes enunciados:

1. En  El Republicanismo, cuya tradición teórica tiene su origen en la Democracia griega y romana, hay  una participación directa del pueblo en los asuntos del Estado. Cuál o cuáles podrían ser las diferencias fundamentales (si las hay), con la Democracia actual. Especifique y asúmalos políticamente.

2. Si la Política es la ciencia que estudia el Estado y como tal puede ser aprendida y enseñada, siendo su aprendizaje posible mediante el estudio de la historia (de los pueblos, naciones o Estados), en donde los  Estados son producto de un ciclo (repetitivo), cómo incluye Usted en esta discusión, la frase célebre de: ¨Quien no conoce la Historia está condenado a repetirla¨ (al menos, en Política). Explique

3. ¿Qué es un Estado Seguro? (Para Maquiavelo)

4. ¿Cómo procura El Estado,  el  ¨bien común¨?

5. Explique la siguiente situación (diferencia de los términos ¨Nación¨ y ¨Estado¨):
    1. La  coexistencia de  varias naciones en un mismo Estado (dé ejemplos)
    2. La coexistencia de una Nación en varios Estados (dé ejemplos).
6. ¿Qué es el Principado?

7. Actualmente, ¿existen principados? (si su respuesta es afirmativa, diga cuáles, entre otros)

8. ¿Qué importancia representa hoy, políticamente hablando, Nicolás Maquiavelo?